Teleasistencia y emergencias

Indagando sobre un aspecto que, a lo largo de la investigación, ha sido un pequeño punto negro (cómo se relacionan los servicios de teleasistencia con los servicios públicos o privados de atención en situación de emergencia), al realizar algunas búsquedas por internet he encontrado diversas entradas en el foro de una comunidad virtual de emergencistas denominada E-mergencias que pudieran ser ilustrativas a tal efecto (con mensajes desde 2004 hasta la actualidad):

Instrucciones telefónicas de RCP (reanimación cardio-pulmonar)

¿Cómo se encuentra estructurado el Servicio de Atencion de Urgencias en España?

Más información se puede consultar en algunas leyes interesantes al efecto:

– Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112.

Orden de 14 octubre de 1999 sobre condiciones de suministro de información relevante para la prestación del servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número 112.

Asimismo, esto ha tenido una regulación propia de cada comunidad autónoma.

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