El pasado 9 de octubre el amigo Adolfo Estalella publicó en su blog Prototyping, el post: Por favor, ¡comercien con mis artículos! (académicos), un alegato en favor del uso de licencias libres y, más concretamente, de licencias libres Creative Commons BY-SA que permiten que quienes derivan o remezclan a partir de nuestro original puedan extraer un rédito comercial siempre y cuando pongan en circulación su obra con la misma licencia (haciendo, por tanto, que cualquiera pueda aprovecharse de nuestros productos/invenciones/propuestas y que cualquiera pueda aprovecharse de los derivados que esto genere; una licencia que se ha venido empleando mucho en el ámbito del software libre).
Él intervenía, más bien y más en concreto, en el ámbito de la publicación científica, donde comúnmente han venido existiendo prácticas predatorias de los derechos de autor y su cesión por parte de editoriales de revistas y libros, y en donde la reacción de muchas personas ha sido poner en abierto papers u otros productos, pero de forma restringida empleando, licencias como la CC BY-NC-SA (Atribución, No comercial, Compatir igual) o CC BY-NC-ND (Atribución, No comercial, Sin obra derivada), siendo servidor uno de los que ha venido operando en ocasiones de esta manera: restringiendo el rédito económico posible de la obra derivada con la intención de evitar que en esa circulación en abierto y remezcla puedan lucrarse las mismas compañías o corporaciones que han generado una extracción indigna de valor a partir de nuestro trabajo (comúnmente sostenido por la hacienda pública, y a la que no se devuelve más que por impuestos indirectos –y en el caso español rara vez, puesto que si publicamos fuera de nuestro país es un dinero que va a fondo perdido a esas grandes editoriales del sector, como Thomson Reuters, dueña del ínclito ISI y gigante de la gestión de la información a todos los niveles en el mundo entero-).
En su post Adolfo, sin embargo, proponía una defensa/provocación del uso de una licencia libre Creative Commons que permite la comercialización (CC BY-SA) para la propagación de nuestros productos o derivados de la investigación científica (borradores de capítulos o artículos, proyectos, post, etc.), con la justificación de que al recibir dinero público no debemos privar a los demás de su máxima circulación, y que aplicando licencias libres que no permitan derivados comerciales limitamos la expansión de nuestras obras (no pudiendo, por ejemplo, colgar un vídeo para su uso y reuso en plataformas como YouTube, que automáticamente asume que si se publica un vídeo con licencia CC esta será CC BY), pero también que esto permitiría generar una economía de la cultura libre más tupida. Verbigracia:
[…] El sistema de la publicación académica, en manos de grandes editoriales privadas que controlan la economía del prestigio científico, hace imposible obtener remuneraciones significativas por las creaciones científicas. La mayor parte de nosotros aceptamos que esas grandes compañías hagan el mayor abuso comercial de nuestras obras, sin remunerarnos por nuestras creaciones (artículos, monografías, manuales, etc.) nos cobran por el acceso a ellas a precios desorbitados. Aceptamos eso pero sin embargo, no estamos dispuestos a que… nos sabemos quién obtenga un beneficio económico, por muy indirecto que este sea: la maestra en su asignatura, el profesor en su curso, la investigadora en la universidad. ¿Por qué habría de ser un problema que la circulación de nuestro conocimiento genere beneficios económicos entre colegas y, más aún, entre aquellos que probablemente sostienen económicamente con sus impuestos nuestros puestos de trabajo? Quizás sea una gran empresa editorial o audiovisual la que quiere beneficiarse: bienvenida sea su labor editorial si eso hace que circule nuestro conocimiento, pero quizás sea una asociación ciudadana, un aficionado o, lo que es muy habitual, otro de nuestros pares.”
– A. Estalella (2013): Por favor, ¡comercien con mis artículos! (académicos)
Sin embargo, en el tiempo que ha venido transcurriendo desde leer su post, discutir a viva voz y en otros foros sobre el tema con él y otras personas, me he venido preguntando (y no tengo la respuesta, si no no lo colgaría por aquí): ¿cómo plantearse, para la selección de una licencia libre, emplear una ética del cuidado (o, mejor dicho, del cuidado material)? ¿Podemos pensar un cuidado desde/con la invención y mantenimiento de ciertas licencias libres para ciertos casos y no otras? Un “cuidado con”, esto es, una llamada de atención y reflexión sobre qué licencias emplear y por qué. Pero también un “cuidado desde” porque, qué es la exploración e innovación en torno a las “licencias libres” sino la búsqueda de una intervención ética en la democratización del acceso y control a la circulación y extracción de valor de nuestro trabajo, un formato de cuidado colectivizado de las infraestructuras técnico-legales de las que nos dotamos para producir y hacer circular nuestros saberes y cacharros…
Una ética del cuidado material (derivada, por ejemplo, a partir de obras como las de Annemarie Mol) nos plantearía atender a la fragilidad del cacharreo y el mimo necesario para que emerjan nuestros productos y que estos puedan seguir en pie; pero también pensar y valorar los esfuerzos para que puedan tener otras vidas más allá de para lo que se pensaron o de lo que duraron con esa forma (no puedo recomendar con más insistencia visitar el blog/repositorio del proyecto de Blanca Callén “Políticas de la chatarra“, como modo de repensar el cuidado material de esas cosas frágiles por medio de las que vivimos). Es decir, un modo de atender a los procesos de materialización y distribución desde la consideración de la singularidad de cada caso; desde la atención a los formatos de relación que minan la construcción de relaciones igualitarias de interdependencia, a partir de descripciones detalladas de la distribución sociomaterial del trabajo y sus efectos (con especial atención a las obligaciones y recortes que acaban haciendo que esta sea en ocasiones una tarea distribuida en función de roles de género invisibilizadas, pero también en términos de relaciones discriminatorias de clase, raza o etnia), como lugar donde comenzar una exploración en este sentido.
¿Podemos, por tanto, pensar en un cierto cuidado por el modo en que se pone en circulación algo en unas ciertas condiciones y no en otras? ¿Podemos pensar en formatos siempre específicos que mimen o cuiden materialmente de nuestros proyectos comunes o colectivos (haciendo que estos sirvan para “construir una vida digna en condiciones de igualdad“, como dice Silvia L. Gil) a partir de un uso particular de licencias libres?
Desde mi papel de inepto total en todos estos temas, a raíz de sus disquisiciones y dado que en diferentes facetas personal e investigadora esta discusión sobre “qué licencia libre emplear y cómo” ha venido teniendo una importancia creciente, he ido indagando, porque no acababa de tenerlo claro. Hay innumerables proyectos de licencias libres diferentes a las Creative Commons, como las Move Commons (empleadas en algunos proyectos sociales) o las GNU (empleadas en proyectos de software libre), o tantas otras que se han venido empleando en otros ámbitos…
En fin, con el ánimo de aprender y mantener vivo el debate, publiqué mis primeras inquietudes, muy personales, parciales y seguramente poco elaboradas, como una contestación/comentario a su post. Pero hemos pensado que quizá le otorgaría mayor visibilidad si se hiciera “de muro a muro” y por eso lo publico por aquí con su mismo formato epistolar, para poder seguir el intercambio y dedicarle un rato a darle más vueltas a esto. También esto permitiría que quien quisiera intervenir y participar en la discusión estaría más que bienvenidx.
Por mi parte, cuelgo por aquí una versión ligeramente remozada y adaptada a los formatos de un post para ver por dónde sale el asunto…
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Hola Adolfo
Para continuar con la amplitud del debate quisiera preguntarte qué opinas de esta disquisición de Bernardo Gutiérrez en su post “Copyfarleft, más allá del copyleft” donde plantea que: “Algunas voces critican el copyleft porque el mercado extrae provecho del procomún”. Y habla de que: “La licencia copyfarleft ideada por Dmytri Kleiner podría ser una solución contra el copyright” [Mis agradecimientos a Alma Orozco por colocarme en la pista de este artículo en una conversación fugaz].
He dedicado un rato a bichear sobre esto y he estado dedicándome a explorar toda una panoplia de consideraciones positivas y críticas que esta licencia ha recibido.
Me han parecido especialmente interesantes dos:
a) un post de Anna Nimus que describe la invención que supondría esta licencia como una ruptura con el mantenimiento del derecho de autor y de la autoría, en las que se basan y mantienen las licencias CC, a pesar de intervenirlas abriéndolas a otros modos de circulación (ah, qué sería de la publicación científica sin una autoría clara y mantenida en el tiempo, sin un autor a quien atribuir sus trabajos…);
b) otro interesante post de crítica de Alan Toner a la propuesta original: entre los comentarios al post está una interesante respuesta de D. Kleiner, en la que comenta que las licencias CC no han contemplado la materialidad de la producción artística, sobre todo en el ámbito del vídeo y la música (pero por qué no pensar en otras nuevas formas de hardware abierto…) y donde comenta que estas licencias más bien articulan, producen una diferencia entre el BY-NC-SA y el BY-SA.
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Un ejemplo de este tipo de propuestas sería el experimento que se ha planteado en torno a la “Peer Production License”
Se trataría de una licencia abierta parecida a la BY-SA pero “con algunas restricciones de mercado” (es decir, impidiendo que ciertas empresas, corporaciones o negocios hagan uso o se lucren con las remezclas o derivados de nuestros productos si los beneficios no son repartidos entre los trabajadores y/o la propiedad de la empresa no es de los trabajadores). Es un tipo de licencia en la que tiene interés alguna gente implicada en que no caiga el movimiento cooperativo.
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Entonces, esto me ha hecho pensar enormemente aunque un poco a contrapié de tu propuesta de emplear la licencia BY-SA como licencia prioritaria para ejercitar la cultura libre en el plano de las publicaciones académicas. Y me preguntaba, al margen de la decisión concreta ideológico-económica, si podemos pensar en aplicar una única licencia de forma genérica, de propósito general para las cosas que vayamos produciendo en diferentes espacios académicos, independientemente del producto, el tipo de circulación y formato de mercado académico que queremos articular para cada uno de ellos.
Es más, pensando a partir de la propuesta de innovación legal de algo como un “copyfarleft” y centrándome en el mercado editorial y las publicaciones en abierto de las que hablas: puede que no queramos que se lucren terceros como grandes corporaciones editoriales con nuestros trabajos académicos, pero sí pequeñas editoriales o colectivos de publicación en abierto…
Es más, me ha parecido interesante para intervenir en ese debate que comentas sobre la política del Research Council de UK, y para hacerlo desde otras coordenadas, no olvidar la contestación de D. Kleiner al análisis crítico de su propuesta por parte de Alan Toner. Éste pone un interesante ejemplo de lo que pudiera suponer este otro tipo de licencia, para lo que habla de las obras del colectivo “sin autor” Wu Ming (“autores” de “obras” tan interesantes como “Esta revolución no tiene rostro“):
“[…] for lack of a copyfarleft style license, many creative producers like Wu Ming are currently employing Non Commercial licenses which, not only deny free access to random house (a good thing as this means Random House must pay them to publish their books) but also prevents commons based producers from producing copies as well, which is a bad thing, as it means the only way physical copies of the work are produced and circulated is by Random House.”
– D. Kleiner, comment 2 al post “Copyfarleft: An Anarchist Gema?” (2007)
Creo que es un ejemplo bastante potente que puede dar mucho que pensar, tanto sobre los formatos de autoría propuestos como sobre los mercados de la publicación y circulación de diferentes objetos, productos, etc.
Seguimos charlando…
Abrazotes
T
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[Addenda del 25 de Octubre de 2013: Guerrilla Translation han adoptado esta licencia, convirtiéndose en “cobayas” de la misma, entrando en negociaciones con Creative Commons para convertirla en una más del conjunto de licencias CC, como así lo expresan en su blog]